Aguinaldo Junio 2025: Fechas de Pago para Jubilados y Estatales

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Junio de 2025 trae consigo el pago del aguinaldo, una noticia muy esperada tanto por jubilados como por empleados estatales. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ya ha comenzado a desembolsar los haberes mensuales para jubilados, que este mes incluyen el aguinaldo, junto con un bono adicional. Por su parte, el gobierno de Mendoza confirmó la fecha de pago del aguinaldo para los estatales.

Aguinaldo para Jubilados: Calendario y Montos

ANSES inició el pago del aguinaldo a jubilados el 9 de junio de 2025, siguiendo un calendario según la terminación del número de DNI. Además del haber mensual, los jubilados recibirán el medio aguinaldo y un bono de $70.000.

De acuerdo con la Resolución 237/2025, el haber mínimo garantizado es de $304.723,93 y el haber máximo de $2.050.503,62. La Prestación Básica Universal (PBU) se fijó en $139.397,29 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en $243.779,14.

Quienes perciben el haber mínimo, recibirán un total de $374.723,93 (haber mínimo + bono de $70.000). A esto se suma el medio aguinaldo, que representa la mitad del mejor haber del semestre, es decir, $152.361,97 adicionales.

Aguinaldo para Estatales en Mendoza: Fecha y Cálculo

El Gobierno de Mendoza confirmó que el viernes 13 de junio se acreditará el medio aguinaldo correspondiente al primer semestre de 2025 para los empleados estatales, incluyendo docentes y celadores. Es importante diferenciar el pago entre titulares y suplentes.

¿Cómo se Calcula el Aguinaldo?

El aguinaldo de junio se calcula en base a los sueldos percibidos entre enero y junio de 2025. Se toma la mayor remuneración del semestre, incluyendo el aumento del 1,5% de junio (según paritarias).

  • SAC remunerativo (ítem 3613): Incluye asignación de la clase, estado docente, antigüedad, ítem aula, ítem dedicación, ítem especialización, etc.
  • SAC no remunerativo (ítem 3623): Aplica a conceptos como garantías paritarias.

Si no se trabajó durante todo el semestre, el aguinaldo será proporcional a los meses trabajados.

Titulares vs. Suplentes

  • Titulares y suplentes equiparados: Cobran en junio, junto con el resto de los estatales.
  • Suplentes no equiparados: Reciben el pago en agosto, debido al retraso en sus liquidaciones.
  • Casos mixtos: El aguinaldo se divide, la parte titular se paga en junio y la suplente en agosto.
  • Excepción: Suplentes con cargos/horas marcadas como LT (liquidación como titular) cobran en junio.

Los suplentes no equiparados que trabajaron menos de seis meses recibirán un aguinaldo proporcional.

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