¡Atención! Veda Electoral 2025: Lo que SÍ y lo que NO podés hacer

¡Atención! Veda Electoral 2025: Lo que SÍ y lo que NO podés hacer

Se acerca el día clave para el futuro del país. Las Elecciones Generales 2025 están a la vuelta de la esquina, y con ellas, la veda electoral. Pero, ¿qué implica exactamente esta veda y cómo afecta a los ciudadanos y candidatos? Aquí te lo explicamos.

¿Cuándo empieza la veda electoral?

La veda electoral comienza el viernes 24 de octubre a las 8:00 de la mañana. A partir de ese momento, una serie de restricciones entrarán en vigor hasta el cierre de los comicios el domingo 26 de octubre.

¿Qué está prohibido durante la veda electoral?

Durante este período, la ley electoral es muy clara en cuanto a las prohibiciones:

  • Actos públicos de proselitismo: Se acabó la campaña. Quedan prohibidos los mítines, caravanas y cualquier tipo de evento que busque promover a un candidato o partido.
  • Publicación y difusión de encuestas: No podrás ver ni compartir encuestas o sondeos de opinión. El objetivo es evitar influencias de último momento en la decisión del votante.
  • Venta de bebidas alcohólicas: La famosa 'ley seca' también se aplica durante la veda. La venta de alcohol estará prohibida para garantizar un ambiente de reflexión y sobriedad.

¿Qué sí se puede hacer?

Aunque hay restricciones, la veda electoral no implica un cese total de la actividad. Los ciudadanos pueden informarse sobre las propuestas de los candidatos a través de medios que no estén realizando proselitismo activo. Es un momento para reflexionar y tomar una decisión informada.

El escrutinio definitivo

Una vez finalizada la votación, el martes 28 de octubre comenzará el escrutinio definitivo, el proceso que determinará los resultados oficiales de las Elecciones Generales 2025.

Recordá: informarte, reflexionar y votar son tus derechos. ¡Ejercelos responsablemente!